Visa de Beneficiario
Destinatarios: Podrán ser titulares en calidad de beneficiarios los miembros del núcleo familiar, dependientes económicos del titular principal de una visa Tipo “M” o “R” en cualquier caso o del titular principal de una visa tipo “V” solo cuando se haya otorgado para las actividades contempladas en los numerales 12 al 15 del artículo 10 como regla general se entenderán como miembros del núcleo familiar del titular principal de una visa, su cónyugue o compañero(a), permanente, sus padres, cuando dependan económicamente de él, sus hijos menores de 25 años o mayor de esta edad cuando tengan una discapacidad, que les impida tener independencia económica.