Si es extranjero y va a trabajar o ejercer una actividad en Colombia, debe:
Obtener la visa de trabajo correspondiente, que permita desempeñar su profesión, ocupación, actividad laboral u oficio en el país.
Para ejercer la profesión o actividad regulada establecida en la visa, deberá cumplir con los mismos requisitos exigidos para los nacionales colombianos consagrados en las normas vigentes y acreditará los documentos respectivos tales como la homologación o convalidación de títulos, el permiso o licencia provisional, matrícula, tarjeta profesional o constancia de experiencia expedido por los Consejos Profesionales o autoridad competente según corresponda.
Para las profesiones u oficios no regulados que pretenda desarrollar en el país, deberá acreditar experiencia o idoneidad.
Si es titular de Visa cónyuge o compañero permanente de nacional colombiano, puede trabajar en el país; para lo cual debe obtener autorización en su visa. Si se trata de una profesión regulada debe cumplir con los requisitos exigidos para los nacionales colombianos.
Si la visa tiene una vigencia superior a tres (3) meses, debe inscribirse en el registro de extranjeros y obtener la Cédula de Extranjería.
Recuerde que FERNANDO TOVAR ASESORES MIGRATORIOS S.A.S. le ofrece entre varios servicios migratorios:
- Obtención de Visas para Colombia desde Colombia o el exterior, según clase y categoría: Visitante “V” Migrante “M” Residente “R”.
- Asesoría y asistencia técnica para Obtención de visa como inversionista, empresario propietario de inmuebles o terrenos en el país.
- Obtención de Cédulas de Extranjería.
- Obtención de permisos temporales de permanencia.
- Consecución de licencias especiales temporales ante consejos Profesionales, regularización de estadía en Colombia, Apostille y legalización de documentos, convalidación y homologación de títulos profesionales, obtención de tarjetas profesionales, Traducciones oficiales en diferentes idiomas.